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2017-09-12
La directiva
del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de autor en el
mercado único digital, que está bajo revisión, requiere en su
artículo 13 que los proveedores de servicios de la sociedad de la
información que almacenen y faciliten el acceso público a grandes
cantidades de obras subidas por los usuarios implanten medidas de
vigilancia y reconocimiento de contenidos para asegurar para asegurar
que el material subido está en regla en materia de derechos de autor.
Esto es
problemático por múltiples motivos:
- los sistemas de filtrado son imperfectos y a menudo provocan la
eliminación de contenido que está en regla;
- la implantación de estos sistemas no supone un gran obstáculo para
las empresas grandes bien establecidas, pero sí puede tener un coste
prohbitivo para nuevas empresas y otras organizaciones pequeñas;
- la carga de la prueba cae sobre quien sube el contenido, que es
culpable de violar los derechos de autor sin más que así lo dicte una
máquina y ha de demostrar su inocencia;
- los filtros automáticos están muy lejos de detectar las
excepciones legales que existen a las restricciones de los derechos de
autor.
Categorías:
Actualidad,
Derechos
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Permalink:
https://sgcg.es/articulos/2017/09/12/el-problematico-articulo-13-de-la-directiva-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-sobre-los-derechos-de-autor-en-el-mercado-unico-digital/
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