…esto no es un subtítulo…
2023-10-16
Cuando se habla de derechos de los animales (se entiende que animales no humanos), no faltan quienes defienden que los animales no pueden tener derechos porque para tener derechos hace falta tener deberes u obligaciones, cosa que los animales no pueden tener debido a las barreras cognitivas y de comunicación entre especies que impiden que participen en un contrato social tal como lo entendemos los humanos. Los animales no están en condiciones de reconocer, reclamar y respetar los derechos que planteamos reconocerles y, según dicen, esto implica que es absurdo reconocerles tales derechos. Niego el mérito de semejante argumento por un motivo muy sencillo: un bebé humano recién nacido tampoco está en condiciones de reconocer, reclamar y respetar derechos, así como de tener deberes u obligaciones en general, y, a pesar de todo, reconocemos sus derechos como los seres humanos que son. Si reconocemos los derechos de un ser humano incapaz de tener obligaciones, somos perfectamente capaces de reconocer los derechos de un animal no humano. El reconocimiento de los derechos de un animal, al ser perfectamnete concebible, es algo que podemos decidir y, de forma realista, los derechos reconocidos se verán limitados a nuestras competencias y tendrán reflejo en deberes del ser humano para con el animal en cuestión. Estos derechos no tienen por qué ser derechos humanos, naturalmente, ya que las necesidades del animal no tienen por qué coincidir exactamente con las del ser humano.
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