…esto no es un subtítulo…
2023-10-17
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, conocida popularment como «Ley de bienestar animal», es motivo de polémica entre sujetos cuya habilidad en el ámbito de la comprensión lectora deja mucho que desear. Como prohíbe que dejemos nuestros animales de compañía atados en la calle sin nuestra supervisión mientras pasamos media hora en el interior de un supermercado, hay personas que se llevan las manos a la cabeza porque no conciben dejar el animal en casa un rato. He llegado a leer comentarios en Internet que afirman que tampoco está permitido dejar a los animales de compañía solos en casa, lo que haría imposible ir a comprar a una persona sola que tiene un animal de compañía. Esto, además de absurdo, no es lo que dice la ley. Lo que está prohibido, de acuerdo con el artículo 27, es lo siguiente:
Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas.
Adicionalmente, no pueden estar de cualquier manera en un domicilio. Está prohibo esto:
Mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.
El animal tiene que poder estar en otros lugares del domicilio, salir a pasear si procede…
De cualquier manera, es perfectamente legal esta sucesión de actos: estar en casa ocupándose de un perro, sacar a pasear al perro, volver a casa, dejar al perro un rato en casa, salir a hacer la compra, volver con la compra y volver a ocuparse del perro.
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