SGCG

…esto no es un subtítulo…

Ir a: contenido categorías calendario archivo suscripción

Volver arriba

El método de cálculo del «canon AEDE», anulado por un tecnicismo

2018-04-16

El «canon AEDE» o la «tasa Google» es la polémica compensación económica que han de hacer los agregadores de contenidos por el uso de fragmentos no significativos de material enlazado. Se trata de un concepto establecido en el artículo 32.2 de la Ley de Propiedad Intelectual y reglamentado posteriormente. Dada la forma de funcionar que suelen tener los agregadores de contenidos, esto es casi como cobrar por enlazar (y este casi como cobrar por enlazar es algo que puede que acabe tocando a nivel de la Unión Europea).

Según puede leerse en Internet, como en los cómics de héroes enmascarados de los sesenta, donde los malos evitaban dar con sus huesos en la cárcel gracias a algún tecnicismo legal, el método de cálculo del «canon AEDE» ha quedado anulado por una cuestión de forma, que no de fondo. El canon AEDE no desaparece realmente de la mesa, pero sí se ve afectado en la práctica. Hasta aquí llegan las semejanzas con los cómics: mientras que la liberación de un villano poderoso es sin duda preocupante para la mayoría de la población, aquí tenemos una mala noticia para CEDRO (la sociedad de gestión que iba a cobrar el canon) y una noticia que al menos no es mala (aunque no es exactamente buena, pues la incertidumbre no desaparece) para los agregadores de contenidos.


Categorías: Actualidad, Derechos

Permalink: http://sgcg.es/articulos/2018/04/16/el-metodo-de-calculo-del-canon-aede-anulado-por-un-tecnicismo/