…esto no es un subtítulo…
2026-09-20
La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura puede ordenar el bloqueo de páginas web con la motivación de presuntas violaciones de los derechos de autor. Estos bloqueos, que son de naturaleza administrativa, a menudo están implementados mediante una redirección a una página (des)informativa que comienza con el siguiente título escandaloso en mayúsculas:
ESTÁ USTED INTENTANDO ACCEDER A UN SITIO WEB ILEGAL
También contiene el siguiente texto:
Al acceder a contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual que se han hecho públicos sin autorización, está contribuyendo a una actividad ilegal y delictiva […]
Todo esto es insultante debido a que no es competencia de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura es un órgano administrativo al que no le compete decidir si alguien ha cometido un delito. Puede haberse cometido un delito o no, pero eso es cosa de la jurisdicción penal. Esto es como si la notificación de una multa por mal estacionamiento llamara delincuente al propietario del vehículo.
Categorías: Derechos
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