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Desmontando un despropósito sobre la (no) deflactación del IRPF (4)

2026-08-17

Ayer echamos un vistazo inicial a una paparrucha sobre la (no) deflactación del IRPF con la inflación: alguien afirmaba que, aunque le han subido el salario en compensación de la inflación desde 2020, está perdiendo 400 € al mes frente a lo que ganaría si los impuestos y las cotizaciones se hubieran deflactado con la inflación. Como ya vimos hasta qué punto semejante escenario es un despropósito y ayer calculamos qué puede esperar un contribuyente típico, veamos hoy lo que sucede con un amplio rango de salarios. Usaremos datos de 2020 y de 2025.

Un contribuyente cualquiera

Supongamos nuestro contribuyente:

Tramos del IRPF estatal

Los tramos, que no han cambiado en estos años, son:

Tramos del IRPF autonómico en 2020

Los tramos son:

Tramos del IRPF autonómico en 2025

Los tramos son:

Mínimo personal estatal

El mínimo personal estatal no ha cambiado y es de 5550 €. A este mínimo le corresponde una cuota estatal de 527,25 €.

Mínimo personal autonómico en 2020

El mínimo personal autonómico era de 5550 €. A este mínimo le correspondía una cuota autonómica de 499,50 €.

Mínimo personal autonómico de 2025

El mínimo personal autonómico era de 5956,65. A este mínimo le corresponde una cuota autonómica de 506,32 €.

Cotizaciones en 2020

La base mínima mensual era de 1050,00 € y la base máxima mensual era de 4070,10 €.

Los tipos eran un 4,70 % por contingencias comunes, un 1,55 % por desempleo y un 0,10 % por formación profesional.

Cotizaciones en 2025

La base mínima mensual era de 1381,20 € y la base máxima mensual era de 4909,50 €.

Los tipos eran un 4,70 % por contingencias comunes, un 1,55 % por desempleo, un 0,10 % por formación profesional y un 0,13 % por Mecanismo de Equidad Intergeneracional.

Curvas

Tomaremos el tipo efectivo como la proporción del total pagado por el contribuyente, suma de IRPF y cotizaciones sociales, sobre el salario bruto.

He aquí la diferencia entre el tipo efectivo en 2025 y el tipo efectivo en 2020 cuando se ha producido una subida salarial del 25 %:

Diferencia entre el tipo efectivo en 2025 y el tipo efectivo
          en 2020 en la Comunidad de Madrid cuando se ha producido una
          subida salarial del 25 %.
Diferencia entre el tipo efectivo en 2025 y el tipo efectivo en 2020 en la Comunidad de Madrid cuando se ha producido una subida salarial del 25 %.

He aquí la diferencia entre lo pagado cada mes en 2025 y 2020 cuando se ha producido una subida salarial del 25 %:

Diferencia entre lo pagado cada mes en 2025 y en 2020 en la
          Comunidad de Madrid cuando se ha producido una subida
          salarial del 25 %.
Diferencia entre lo pagado cada mes en 2025 y en 2020 en la Comunidad de Madrid cuando se ha producido una subida salarial del 25 %.


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