Volver arriba
2009-12-26
La gente de FcForum publicó
recientemente la Carta
por la Innovación, la Creatividad y el Acceso al Conocimiento. Me
hago eco de su gran trabajo y aquí reproduzco el contenido de la carta.
Carta por la Innovación, la Creatividad y el Acceso al Conocimiento
Los Derechos Humanos de ciudadanos y artistas en la era digital
Incluye soluciones legales, inmediatas y urgentes
Nosotros, una amplia coalición de ciudadanos,
usuarios, consumidores, organizaciones, artistas, hackers, miembros del
movimiento por la cultura libre, economistas, abogados, profesores,
estudiantes, investigadores, científicos, activistas, trabajadores,
desempleados, emprendedores, creadores provenientes de más de 20
países
Invitamos a toda la ciudadanía a que haga suya esta Carta,
a que la divulgue y a que la ponga en práctica.
Invitamos a todos los gobiernos, multinacionales e instituciones
a que atiendan, comprendan e implementen urgentemente los contenidos
de esta Carta
1. Introducción
La sociedad de la información y el nuevo contexto digital han
supuesto una revolución en la forma de crear conocimiento y cultura,
y, sobre todo, en la forma de acceder a ellos. Ciudadanos, artistas
y consumidores han dejado de ser sujetos pasivos y aislados frente a
la industria de producción y distribución de contenidos. Ahora cada
persona colabora, participa y decide.
La tecnología, como puente, permite que las ideas y el conocimiento
fluyan; acabando así con muchas de las barreras geográficas y
tecnológicas que impedían compartir; proporcionando, además, nuevas
herramientas educativas y propiciando la aparición de nuevas fórmulas
de organización sociales, económicas y políticas. Esta revolución
es comparable a la que provocó la imprenta.
A pesar de esto, la industria del entretenimiento, la mayoría de los
proveedores de servicios de comunicaciones y los centros de poder siguen
basando sus beneficios y su autoridad en el control de los contenidos,
de las herramientas y de los canales de distribución, manteniendo
una economía de la escasez. Y todo esto violando los derechos de
los ciudadanos a la educación, al acceso a la información, a la
cultura, a la ciencia y la tecnología, la libertad de expresión, la
inviolabilidad de las comunicaciones y de la privacidad. La protección
de intereses privados no debería permitirse cuando produce un atraso
en el desarrollo de la sociedad en general, sin tener en cuenta el
interés público.
No todas las instituciones, estructuras y convenciones del sistema
actual sobrevivirán si no son capaces de adaptarse a los nuevos
tiempos. Las que sobrevivan se verán alteradas y redefinidas por
la nueva realidad, y es posible que para ello necesiten esquemas de
funcionamiento totalmente distintos.
Implicaciones políticas y económicas de la cultura libre
La filosofía de la «cultura libre» amplía drásticamente
los espacios para la implicación ciudadana, permitiendo que un
amplio abanico de personas y grupos participen y se impliquen en
debates públicos, reforzando la democracia. La cultura libre es una
condición previa para hacer real la libertad de expresión, que a su
vez es condicio sine qua non para la existencia de la democracia.
Ayuda a reducir la brecha digital, liberando el potencial democrático
de las nuevas tecnologías.
La cultura libre potencia nuevos modelos de implicación ciudadana
en la provisión de bienes públicos y de servicios basados en
el procomún. El «gobierno del procomún» hace referencia a
las reglas y los límites necesarios y acordados para gestionar la
producción colectiva y el acceso a recursos compartidos. El gobierno
del procomún reconoce e incorpora la participación, la inclusión,
la transparencia, el acceso equitativo, y la sostenibilidad como
objetivos a conseguir a largo plazo. Reconocemos el procomún como
una forma distinta y deseable de gobierno, no necesariamente ligada
a la forma convencional de actuar de las instituciones tradicionales,
demostrando la fuerza actual de la sociedad civil.
Entendemos que la economía social, junto con el mercado, constituye
una importante fuente de valor. La incorporación de una nueva y
revitalizada idea del procomún a través de la tecnología digital
(entre otros factores) amplía lo que entendemos por «economía» e
insta a los gobiernos a respaldar el procomún al igual que respalda
la economía de mercado. Para prosperar, el procomún sólo necesita
igualdad de condiciones.
La actual crisis económica ha mostrado los límites de modelos
anteriores. Por otro lado, la filosofía de la cultura libre, heredada
del software libre, es la mayor demostración empírica de que una nueva
ética y una nueva empresa son posibles. Ha demostrado que existe
una nueva forma de producción que funciona, basada en habilidades e
intercambios, donde el autor o productor no pierde el control de la
producción y puede liberarse de los mediadores en la producción y en
la distribución. Y lo ha hecho basándose en la iniciativa individual,
en la solidaridad con otros, con mecanismos de intercambio de acuerdo
a las posibilidades y habilidades de cada persona, democratizando el
conocimiento, en la educación, por medio de una producción y una
distribución justa de los beneficios de acuerdo al trabajo realizado.
Expresamos nuestra preocupación por el bienestar de los artistas,
investigadores, autores y otros productores creativos. En esta Carta
proponemos varias fórmulas para recompensar colectivamente la creación
y la innovación. El software libre, Wikipedia, las licencias libres en
Net Labels o en editoriales de libros y otros muchos ejemplos muestran
que el modelo de la cultura libre puede preservar la innovación
y que no son necesarios monopolios del conocimiento para producir
conocimiento.
La sostenibilidad de la producción de conocimiento y cultura
depende significativamente del tipo de ‘producto’ (por ejemplo,
los costes de una película son muy diferentes a los de una enciclopedia
colaborativa en Internet). Entre los proyectos e iniciativas de cultura
libre se pueden identificar varias vías para conseguir sostenibilidad.
Algunas de estas vías ya están consolidadas, mientras que otras aún
se encuentran en fase de pruebas. Un principio bastante extendido
es que la combinación de varias vías de financiación garantiza una
mayor independencia de los proyectos.
Los modelos para conseguir una producción cultural sostenible
incluyen entre otros: donaciones e intercambios no monetarios (p.ej.,
regalos, banca y trueque de tiempo); financiación directa (p.ej.,
subscripciones y donaciones); capital compartido (p.ej., fondos de
contrapartida, cooperativas de productores, inter-financiación /
economía social, banca P2P, moneda virtual, financiación múltiple,
capital abierto, cooperativas comunitarias o de consumidores);
fundaciones que garantizan la infraestructura a los proyectos;
financiación pública (p.ej., renta básica, fondos de mutua, becas,
premios, subsidios, contratos públicos y comisiones); financiación
privada (p.ej., inversiones de riesgo, acciones, patronazgo privado,
fondo común de inversiones para negocios); actividades comerciales
(incluyendo tanto bienes como servicios) y combinación de distribución
P2P y streaming de bajo coste. La combinación de estas opciones
supone un aumento de la viabilidad de los proyectos, tanto para
creadores independientes como para la industria.
Deben existir reglas claras que promuevan el conocimiento común,
protegiéndolo de formas de apropiación exclusiva y que prevengan la
aparición de monopolios u oligopolios a raíz de dichas apropiaciones.
La era digital conlleva implícita la promesa histórica de un
mundo más justo y beneficioso para todos.
Éste es el objetivo de las propuestas desarrolladas a continuación.
2. Demandas legales
Desde un punto de vista legal, se han identificado lagunas que
existen en las regulaciones y tratados nacionales e internacionales
sobre el acceso a la cultura, tanto en el ámbito empresarial privado
como en las relaciones contractuales o en las políticas culturales
públicas. Son necesarias reformas para acabar con estos errores
prejudiciales. Estas lagunas en las legislaciones vigentes perjudican
el interés público e impiden el desarrollo de una industria cultural
democrática y puesta al día.
Los comportamientos conservadores y defensivos de la industria
del entretenimiento han creado una situación donde los creativos
y sus audiencias han sido enfrentados unos contra otros. Este
conflicto beneficia enormemente a los grupos de presión industriales
y gubernamentales dándoles control sobre los flujos globales
de información a expensas de los creadores y los consumidores,
perjudicando al interés público.
El interés público pasa, sin duda, por respaldar y asegurar una
creación continua de obras intelectuales, debido a su importante valor
social, y asegurar que toda la ciudadanía pueda acceder a ellas sin
trabas, para una gran variedad de usos.
A. Prueba de los tres pasos inversa (paradoja de la prueba de los
tres pasos)
La innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento sólo
pueden ser limitados o restringidos si las tres condiciones siguientes
se cumplen de manera simultánea:
- Circunstancias excepcionales de interés público;
- Cuando los métodos empleados no minan ni discriminan el uso,
la transformación y la difusión del conocimiento, obras creativas
y estructuras tecnológicas, servicios y software;
- Cuando tales restricciones no violan los derechos humanos y civiles
en la sociedad de la información y no son por lo demás incongruentes
con una cultura democrática.
B. Conocimiento común y dominio público
Trabajos no sujetos a copyright
- No deben estar sujetos a copyright las leyes, informes
gubernamentales, documentos y discursos políticos o información
sobre regulaciones.
- No se deben introducir derechos sui generis sobre bases
de datos, y éstos deben ser revocados en aquellas jurisdicciones en
las que existan.
Obras en dominio público
- Debe existir la garantía de que todos los trabajos en dominio
público son accesibles.
- Toda jurisdicción debería permitir que un trabajo sea donado
al dominio público directamente antes de que termine su período
de copyright.
- Los resultados de desarrollos financiados con dinero público deben
ser publicados bajo una licencia libre y abierta y todas las patentes
desarrolladas deben ser publicadas libres de pagos de derechos de
autor y de cualquier otra restricción.
- Los resultados de investigaciones financiadas a través de
instituciones educativas deberían ser publicados en un modelo de libre
acceso. Los creadores de estas políticas deberían implementar las
recomendaciones del Acuerdo de París con respecto a las publicaciones
académicas.
Obras de libre acceso
Cada sistema legal deberá facilitar y promover las licencias de
libre acceso en la misma medida que las licencias propietarias.
Obras huérfanas
Debe existir libertad de uso de aquellas obras cuyo propietario
del copyright no ha podido ser localizado tras buscarlo debidamente.
Obras accesibles
Se debe permitir el libre acceso, enlace e indexado de cualquier
trabajo que, aun no estando bajo una licencia libre, esté a
disposición del público en Internet.
Obras propietarias
La duración del copyright no debe exceder el mínimo marcado en
el Convenio de Berna. A largo plazo, apoyamos la reducción de esta
misma duración del copyright. Unos términos de copyright demasiado
largos no benefician a los consumidores ni a a la comunidad creativa.
C. Defensa del acceso a las infraestructuras tecnológicas y
neutralidad en la red
- Internet es esencial para el acceso al conocimiento, la educación
y el ejercicio práctico y significativo de la libertad de expresión
y comunicación.
- Los ciudadanos y consumidores tienen derecho a una conexión a
Internet que les permita enviar y recibir el contenido que deseen, usar
los servicios y aplicaciones que deseen y conectar el hardware y usar el
software que deseen, siempre que esto no afecte negativamente a la red.
- Los ciudadanos y consumidores tienen derecho a una conexión a
Internet libre de discriminación, ya consista ésta en bloquear,
limitar o priorizar determinados tipos de aplicaciones, servicios o
contenidos, o basada en la ubicación del emisor o el receptor.
- Las direcciones IP de los ciudadanos y consumidores son datos
identificables en potencia y, por lo tanto, las personas asociadas con
estos datos tienen derecho a solicitar su corrección o eliminación
o a impedir la transmisión de su información personal.
- Filtrar el contenido de Internet es una amenaza a los derechos
fundamentales y es una solución inválida, ineficaz y desproporcionada.
No se debe imponer ninguna limitación ni filtrado sin una orden
judicial previa.
- Los ciudadanos y consumidores tienen derecho a acceder a una banda
del espectro gratuita y libre de licencia para las comunicaciones
digitales, como la banda de TV analógica y, en general, al menos un
25% de cualquier nueva banda del espectro que se deje de usar.
D. Derechos en un contexto digital
Las patentes, pagos de derechos de autor y demás incentivos
similares (a veces llamados «propiedad intelectual») no deben ser
considerados un fin en sí mismos, sino como un medio de promover
el interés público, la innovación y el acceso a la ciencia y a
la tecnología.
Derecho de cita
La cita, definida como la extracción de parte de una obra, pero
no toda ella, debe defenderse en todos los casos como vía para un
desarrollo democrático de la sociedad de la información. Será
lícita siempre que la obra citada haya sido publicada previamente,
y se haga con propósitos educativos o científicos, o simplemente
informativos, creativos, u otros cualesquiera.
Copia privada
- Los derechos individuales en el ámbito privado y para uso
personal no deben ser minados por los derechos exclusivos del autor.
- Una obra ya previamente hecha pública no necesitará la
autorización del titular del copyright, ni existirá derecho a
compensación a su favor, para su reproducción en cualquier forma,
siempre y cuando sea para uso privado o para ser compartida entre
iguales, y no se obtenga ningún beneficio económico, ni directo ni
indirecto, de ella.
Uso justo
- No es necesaria la autorización del autor para la
reproducción o difusión de obras artísticas, científicas o técnicas
que ya hayan sido publicadas, cuando el propósito sea educativo,
científico, informativo, satírico o accesorias al proyecto creativo
principal, siempre que se atribuya correctamente la obra y se respeten
todos los derechos morales.
- La defensa del derecho a la copia privada y el uso justo debe ser
firme y absoluta, teniendo en cuenta que la copia es la base principal
del aprendizaje y la cultura. Los autores/creadores están en deuda
con la cultura compartida, y por ello sus contribuciones a la cultura
no tienen que estar asociadas a ninguna forma de compensación más
allá del uso comercial (ventas, honorarios asociados a las citadas
ventas o conciertos).
- Se hace especial énfasis en defender el derecho a la información.
- Se hace especial énfasis en preservar el derecho de parodia.
- Adicionalmente, suscribimos la lista de usos
justos enunciados en el artículo 3-1, General
Limitations and Exceptions to Copyrights, del borrador del documento de
acceso al conocimiento 2005 de Knowledge Ecology International (en)
- Las indemnizaciones deben estar limitadas a daños económicos
probados por falsificaciones concretas. La pérdida o lucros cesantes
no se deben aplicar a la copia privada y usos personales.
- Trabajos no originales ni creativos: los hechos y trabajos que
carezcan de creatividad («una cantidad mínima de creatividad»)
no deben estar sujetos a protecciones por copyright o similares.
Libertad de innovación
La libertad y la innovación no son conceptos opuestos, sino
que están fuertemente relacionados. Los regímenes legales
represivos pueden reducir la libertad y perjudicar la innovación.
La gente necesita libertad para modificar, mejorar y probar inventos,
dispositivos y sistemas, y para discutir críticamente sobre estas
innovaciones.
Patentes
Consultar el borrador del documento
de acceso al conocimiento 2005 de Knowledge Ecology International
(en), Parte 4.
E. Estímulo de la creatividad y la innovación
Expresamos nuestra preocupación por el bienestar de artistas y
autores. Proponemos varias fórmulas para recompensar colectivamente
la innovación y la creación artísticas mediante los siguientes
criterios:
- Deben existir diversas fuentes de apoyo económico para las
comunidades creativas, ya sean comerciales, mediante apoyo fiscal
directo orientado por los consumidores o inversiones públicas.
- Para promover una remuneración justa de los artistas, el papel de
los intermediarios debe reducirse. El papel de los intermediarios debe
limitarse a funciones de vigilancia tales como recabar estadísticas
de uso y definir la distribución a los beneficiarios.
Derechos de autor y beneficios de las ventas
- Los creadores/autores deberían recibir una justa compensación
por su trabajo. En los trabajos creativos por cuenta ajena donde no
se puedan cobrar derechos de autor en tiempos o cantidades razonables,
se debería garantizar un salario. El objetivo debe ser la creación
de una situación de empleo estable para los autores/creadores
no necesariamente dependiente de los altos y bajos de los pagos de
derechos de autor.
- Las desigualdades en la capacidad de negociación llevan a
situaciones injustas entre las personas que crean y las entidades
comerciales que invierten y venden bienes culturales y conocimiento,
provocando que muchos trabajos creativos no lleguen al público.
Los autores y creadores deberían ser pagados equitativamente por las
actividades en las que participan, sean o no miembros de una sociedad
de gestión. Los tribunales no deberían apoyar contratos injustos
entre autores y productores. Pasados 30 años desde la firma de un
contrato con un productor o un empleador, el autor o sus herederos
deberían tener la oportunidad de recuperar los derechos sobre la obra
con copyright. Esto no debe afectar a la validez de las licencias
actuales, o las licencias abiertas para usar trabajos publicados,
incluyendo aquellos que incluyan condiciones para proteger el procomún.
- Si existe una explotación comercial de un trabajo, la regulación
de los derechos económicos debería proteger los intereses económicos
de las comunidades creativas, y asegurar que terceras partes, tales
como distribuidoras, no impiden que las comunidades creativas puedan
obtener una porción justa de los beneficios, incluyendo el pago de
derechos de autor.
- Deberían abolirse todos los «cánones digitales» injustos que
sancionan indiscriminadamente en nombre de la «compensación de los
artistas», y que tratan de penalizar actividades que no son criminales
en modo alguno.
Derechos de autor y sociedades de gestión
- Los autores siempre deberían poder revocar el mandato de
las entidades de gestión.
- Las sociedades de gestión son entidades privadas que deben
administrar única y exclusivamente las «cuentas» de sus miembros,
que nunca suponen la totalidad de la comunidad creativa.
- La libre competencia debería garantizarse, al igual que ocurre
con cualquier entidad privada. Deberían abolirse los monopolios
legales de sociedades de gestión.
- Autores y editoriales no deberían ser representados por la misma
institución, como ocurría en tiempos de los sindicatos verticales.
- Por encima de todo, las sociedades de gestión deberían
administrar únicamente las obras que estén registradas en su base
de datos, y no deberían recaudar fondos provenientes del uso de
obras que están publicadas explícitamente con una licencia libre.
No debería permitirse que ninguna sociedad de gestión impida a los
artistas o autores usar licencias libres.
F. Acceso a las obras por parte de personas con problemas de
lectura
Cuando formatos accesibles de obras para personas que tienen
dificultades de lectura se crean bajo limitaciones y excepciones de
copyright, los sistemas legales de todo el mundo deben facilitar la
importación y exportación transfronteriza de dichos trabajos.
G. Transparencia
Para evitar la violación de derecho fundamental alguno (p.ej.,
invasión de la privacidad, libertad de expresión, etc.) se necesita
reforzar la transparencia. Esto debe incluir información proveniente
de las autoridades responsables de la aplicación de la ley y sobre
la naturaleza de los trámites obligatorios.
El gobierno debería garantizar, a través de un proceso público
y transparente, la existencia de sistemas de evaluación de la forma
en la que se aplican las normativas. Los resultados publicados
por expertos independientes contratados para la evaluación (véase
«directivas de base de datos») deberían ser tenidos en cuenta a la
hora de establecer las normativas.
Una forma de garantizar transparencia en los procesos consiste en
realizar auditorías de transparencia obligatorias. Proponemos un
sistema de tres avisos para aquellos que violen el derecho de la
ciudadanía a estar informada. Hay un interés general en que
haya transparencia en las actividades de los grupos de presión.
Un proceso transparente en el establecimiento de normativas nacionales
e internacionales debe incluir, al menos:
- Acceso público a los documentos relacionados con el proceso,
la posibilidad de asistir a las reuniones (incluyendo a través de
Internet) y poder leer las actas de estas reuniones. Estas actas deben
incluir los nombres de los asistentes, consejeros y los votos emitidos.
- Detalles sobre las personas que toman las decisiones.
- Oportunidades para enviar comentarios sobre el proceso de
establecimiento de normativas. Se deben publicar los comentarios
de todos los contribuidores. Es necesario un diálogo entre todas
las partes implicadas, especialmente respondiendo a los comentarios
por escrito. Las intervenciones públicas deberían formar parte de
las actas publicadas.
- Información sobre cualquier evidencia que se presente para
promover o justificar determinadas políticas, incluyendo las fuentes
y su fiabilidad. Es necesaria la evaluación o revisión por pares
de los datos concernientes a los sistemas de propiedad intelectual.
- Un acceso democrático a las estadísticas necesarias para evaluar
el modo en el que los sistemas de copyright y patentes funcionan,
incluyendo, por ejemplo, el impacto de las medidas aplicadas en los
precios, en los pagos de derechos de autor a los creadores por acceder
a sus obras o el impacto sobre los derechos y libertades fundamentales.
3. Directrices para la educación y el acceso al conocimiento
El aprendizaje es un proceso de construcción social que tiene
lugar mediante el intercambio de conocimiento, experiencia y de los
diversos matices culturales. La cultura evoluciona a medida que el
conocimiento impregna la sociedad. Entendemos la educación como un
proceso social que implica un amplio abanico de actores educativos,
tecnologías, entidades y actividades, no solamente las oficiales
y formales. Nuestra visión de la educación busca fomentar una
cultura de intercambio de conocimiento e innovación educativa que
sea eficiente y sostenible, basada en los principios de esta Carta.
Para conseguirlo, necesitamos acciones e intervenciones políticas
en las áreas que se detallan a continuación.
A. Empoderamiento de los educadores
La educación es una herramienta fundamental para mejorar nuestra
sociedad y alcanzar el progreso de la humanidad. Debemos reconocer
lo importante que es la labor de los educadores, quienes necesitan ser
entrenados para hacer llegar a los estudiantes los valores de la cultura
del compartir y el uso del software y el conocimiento libres en general.
Por ello, instamos a las instituciones y comunidades educativas a:
- Asegurar el entrenamiento y la asistencia técnica de los
educadores para usar software libre y recursos educativos abiertos.
- Asegurar que los educadores pueden dedicar una parte de su tiempo
a aprender, mantener y colaborar en la composición de recursos
educativos abiertos.
- Construir nuevas comunidades de educadores para compartir
conocimiento y experiencias, y poner en contacto las actuales
comunidades.
B. Apoyo y concienciación
La imitación es el punto de partida del aprendizaje. Copiar y
compartir conocimiento son principios fundamentales de cualquier
proceso educativo. La cultura del compartir adopta estos principios
en vez de desaconsejarlos. Por ello, instamos a las instituciones y
comunidades educativas a:
- Apoyar y subvencionar actividades para concienciar y educar en la
cultura del compartir para promover una educación libre, distribuida
y abierta. Mostrar casos prácticos en la educación como buenas
prácticas y fomentar la creación de nuevos proyectos.
- Otorgar becas para incentivar la producción de material revisado
por los propios educadores, estudiantes, bibliotecarios y editoriales.
C. Material educativo
Los recursos educativos son una herramienta básica para la
educación; su publicación abierta en el dominio público o bajo
licencias libres facilita el acceso, estimula el progreso y la
participación y atiende a la diversidad cultural, al mismo tiempo
que maximiza la reutilización y la eficiencia. Por ello, instamos
a las instituciones y comunidades educativas a:
- Elaborar recursos educativos abiertos y material educativo
libre.
- Distribuir este material:
- A través de Internet, usando repositorios bien estructurados,
basados en estándares abiertos y fáciles de usar.
- A través de copias impresas (p.ej., con las editoriales
universitarias ya existentes) y haciéndolas llegar a las universidades
públicas y a la gente con problemas económicos.
- Publicar el material que ha disfrutado de financiación pública, de
forma que se pueda reusar sin restricciones legales ni técnicas. Para
ello, usar el dominio público o una licencia libre, preferiblemente
con protección copyleft.
- Traducir a varios idiomas y adaptar el material para darle la
mayor difusión global posible.
D. Software y otras herramientas
El software libre permite estudiar y aprender conceptos en lugar de
cajas negras, permite la transparencia en procesos de intercambio de
información, asegura la competición y la innovación, proporciona
independencia de intereses corporativos y hace crecer la autonomía
de los ciudadanos.
El uso de estándares y formatos abiertos es esencial para asegurar
la interoperabilidad técnica, establecer un marco de competencia a
los proveedores de software, conseguir un acceso sin complicaciones a
la información digital y mantener el conocimiento y la memoria social
ahora y siempre. Por ello, creemos que:
- Las instituciones educativas deberían usar software libre
como herramienta de aprendizaje, como objetivo de aprendizaje en sí
mismo y como base para su estructura tecnológica.
- Todo el software desarrollado en un entorno educativo y financiado
con fondos públicos debe ser publicado bajo una licencia libre.
- Promover el uso de software libre en libros de texto como una
alternativa al software privativo a la hora de realizar tareas
relacionadas con el proceso de aprendizaje, como puede ser cálculo
numérico, edición de imágenes, composición de documentos, etc.,
allí donde sea aplicable.
- Desarrollar, publicar y promover herramientas libres de edición
para elaborar y mejorar el material didáctico.
- Deben rechazarse tecnologías del estilo de la Gestión Digital
de Derechos (DRM, del inglés Digital Rights Management) para
asegurar un acceso permanente a los recursos educativos y garantizar
el aprendizaje a lo largo de toda la vida.
E. Reconocimiento y certificación
Las nuevas formas de producción colectiva se encuentran actualmente
en difusión en el sistema educativo, por lo que las habilidades y la
experiencia adquirida de esta forma debe tomarse en cuenta en forma
acreditaciones y certificaciones oficiales. Por ello, instamos a las
instituciones educativas y a las autoridades a:
- Crear mecanismos de certificación para reconocer la cultura
del compartir y la educación abierta dentro del sistema educativo.
- Integrar estas nuevas prácticas educativas con las que ya existen
oficialmente.
- Adaptar las políticas de investigación científica para
que reconozcan los beneficios de las revistas de acceso libre y el
archivado propio, para reforzar las dinámicas del debate científico
y la calidad de la retroalimentación.
F. Educación entre pares y colaboración entre educadores y
estudiantes
Las barreras entre quien aprende y quien enseña cada vez son más
bajas y empiezan a aparecer nuevos métodos educativos. Las comunidades
abiertas y la participación en procesos de producción entre pares
son de enorme valor para el aprendizaje. Por ello, instamos a las
instituciones y comunidades educativas a:
- Fomentar el trabajo en colaboración entre profesores y
estudiantes para producir conocimiento.
- Estimular a los estudiantes para que se impliquen en enseñar a
sus compañeros.
- Compartir las atribuciones entre los educadores y los estudiantes.
- Promover el trabajo colaborativo e interdisciplinario entre los
educadores de distintos campos.
G. Conocimiento científico y académico
Las publicaciones de libre acceso permiten el acceso a los resultados
de investigaciones científicas, tanto a los propios científicos como
a la sociedad en general; aumentan las posibilidades de aprender y
permiten que diversas disciplinas compartan sus resultados. Por ello,
creemos que:
- Las universidades y los centros de investigación deberían
adoptar el modelo de libre acceso para la publicación de resultados
de investigaciones.
- Debería desaconsejarse el uso de patentes en los resultados
de investigaciones financiadas con fondos públicos. Las patentes
propiedad de instituciones públicas deben publicarse irrevocablemente,
libres de pago por derechos de autor y de otras restricciones.
4. Necesidades estructurales para una sociedad del conocimiento
Privacidad
Los ciudadanos tienen derecho a:
- Navegar por Internet y acceder a sus contenidos de manera
anónima.
- No revelar sus claves privadas o descifrar sus datos.
- Decidir en cualquier momento trasladar, modificar o cancelar sus
datos de usuario de cualquier servicio de Internet.
- No sufrir interceptación alguna de sus comunicaciones, excepto
bajo orden judicial previa, y a cifrar sus comunicaciones a cualquier
nivel, sin limitaciones en la clave o el algoritmo utilizado.
- No recibir mensajes no solicitados.
Derecho a las redes: libertad de uso, creación y conexión
- La sociedad civil y la administración pública han de tener
el derecho a proveer e implementar servicios de conexión a redes,
incluyendo aquellos ofrecidos de manera gratuita y sin condiciones a
los ciudadanos.
- Los ciudadanos deben tener derecho a conectarse a redes libres
sin ninguna restricción (hardware libre, anclaje a red, etc.).
Infraestructuras y regulación del mercado
- Neutralidad: la neutralidad de la Red debe ser garantizada
(léase Glosario de términos
y Demandas legales, sección C, para una definición más precisa).
- Simetría: los proveedores de acceso a Internet deben garantizar
conexiones simétricas o una proporción de carga/descarga razonable.
Debería existir un acceso a la banda ancha (ITU-i113) como servicio
universal para los ciudadanos.
- Diversidad: deberían evitarse los monopolios en las
infraestructuras y servicios de telecomunicaciones. Los ciudadanos
tienen derecho a tener acceso a más de un proveedor (público
o privado) y a que la oferta de este servicio de banda ancha no
esté vinculada a la adquisición de otros productos o servicios.
En todo caso la ciudadanía tiene derecho a disponer de sistemas,
medios e infraestructuras que permitan el acceso libre a Internet
(«dividendo digital»).
- Los proveedores de telecomunicaciones deben satisfacer las
velocidades de acceso acordadas contractualmente; en los contratos
prepago, sólo debe pagarse el tráfico que sea explícitamente
transferido o demandado por el usuario. Los proveedores tienen que
garantizar a los ciudadanos la opción de tarifa plana.
Administración pública
- El sector público, los proyectos financiados con fondos
públicos y aquellos que impliquen a los ciudadanos por ley o de manera
que afecte sus derechos fundamentales, deberían usar siempre software
libre y estándares abiertos.
- Cuando no exista una solución libre o estándares abiertos, el
gobierno o la administración pública competente debería promover
el desarrollo del software que sea necesario. Mientras tanto, para
garantizar el proceso democrático en su conjunto, sólo deben usarse
las soluciones que puedan someterse a una auditoría pública.
- Los resultados de desarrollos financiados por fondos públicos
deben publicarse siempre bajo una licencia de software libre y de
código abierto y todas las patentes publicadas libres de pago de
derechos de autor y otras restricciones.
- Los gobiernos deben garantizar un acceso gratuito a Internet
no exclusivo, independientemente del lugar de residencia de cada
ciudadano; como mínimo del nivel necesario para que el ciudadano
pueda involucrarse en la democracia e interactuar con sus instituciones
públicas.
Cómo debería procederse en la administración pública en temas
de evaluación y compra de software
- La compra pública de software debería evaluar el coste total
de su uso, incluyendo los costes de dejar de usarlo y de migrar a un
software alternativo.
- La contabilidad pública debería distinguir claramente los costes
de las licencias de software, el mantenimiento, el soporte técnico,
y el servicio, desvinculándolos de los del hardware.
5. Glosario de términos
En la
página original de la carta en FCForum
6. Referencias
En la
página original de la carta en FCForum
7. Miembros del FCForum
En la
página original de la carta en FCForum
8. Adhesiones
En la
página original de la carta en FCForum
9. Licencia
Esta Carta está publicada con una licencia dual. Puedes volver a
publicarla usando cualquiera de estas licencias:
-
Creative Commons Reconocimiento-Compartir bajo la misma licencia 3.0
Unported.
-
Licencia de documentación libre de GNU (en).
Categorías:
Derechos,
Actualidad
Artículos publicados el mismo mes
Permalink:
http://sgcg.es/articulos/2009/12/26/carta-por-la-innovacion-la-creatividad-y-el-acceso-al-conocimiento/
Volver arriba