SGCG

…esto no es un subtítulo…

Ir a: contenido categorías calendario archivo suscripción

Volver arriba

Sobre la regulación temporal de las aeronaves civiles pilotadas por control remoto

2014-07-07

En un decreto ley inmenso aprobado al final de la semana pasada que abarca poco menos que absolutamente todo, aparece una regulación provisional sobre las aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Los vehículos aéreos no tripulados son un campo todavía no regulado por las autoridades aeronáuticas; mientras esperamos que los trabajos de EASA estén terminados, es bienvenida una regulación provisional a nivel estatal.

En pocas palabras, ¿en qué consiste esta regulación provisional?

Esta regulación autoriza las operaciones civiles con vehículos aéreos no tripulados (conocidos como «UAV» por sus siglas en inglés o, últimamente, como «drones») pilotados por control remoto bajo ciertas condiciones. Estas condiciones, por una parte, establecen los tipos permitidos de actividad y, por otra parte, establecen condiciones para garantizar la seguridad del espacio aéreo y de la población. En función del MTOW, hay requisitos diferentes para las aeronaves; en todo caso, la aeronave han de contar con una placa identificativa y el piloto ha de tener licencia.

¿Eso no es demasiado exigente?

No. El mundo aeronáutico es un mundo muy serio y la normativa provisional no es especialmente exigente. Hasta ahora, ya habíamos tenido algunos casos de empresas cuyo modelo de negocio consistía en operar un UAV comercialmente (algo no permitido), a veces de forma fraudulenta al aducir que se trataba de simples vuelos de aeromodelos y a veces ignorando completamente que en este mundo hay leyes y normas. Fue famoso el caso de una empresa que se dedicaba a contar manifestantes con un UAV que se movía peligrosamente entre edificios de viviendas y por encima de grandes aglomeraciones de población civil; la empresa cesó estas operaciones antes de matar a nadie, afortunadamente.

¿Qué nos espera en el futuro?

Las autoridades aeronáuticas tendrán listas sus regulaciones sobre aeronaves no tripuladas tarde o temprano. Entonces ya será posible plantear nuevos negocios, pero siempre con cabeza porque esto no es ninguna bobada. Un UAV de uso comercial habrá de tener su certificado de aeronavegabilidad y tendrá que haber pasado sus revisiones; el piloto tendrá que poder demostrar que es capaz de pilotar por control remoto sin ser un peligro; los planes operativos habrán de ser viables y seguros… Exactamente lo mismo que sucede con las operaciones con las aeronaves tripuladas.


Categorías: Actualidad, Aeroespacio

Permalink: http://sgcg.es/articulos/2014/07/07/sobre-la-regulacion-temporal-de-las-aeronaves-civiles-pilotadas-por-control-remoto/